Registro de dispositivos médicos ISAF Macao
Macao está adoptando un régimen legal exclusivo de dispositivos médicos liderado por la Oficina de Administración Farmacéutica (ISAF). La Ley N° 12/2025 y el Reglamento Administrativo N° 11/2026 entran en vigor el 1 de julio de 2026, respaldados por 26 instrucciones técnicas de la ISAF que cubren clasificación, registro y archivo de materiales, ensayos clínicos, BPC, GMP, licencias de fabricación y negocios, y autorizaciones relacionadas.

Marco regulatorio de dispositivos médicos de Macao
Marco regulatorio de dispositivos médicos de Macao
El marco regulatorio de dispositivos médicos de Macao está en transición, pasando de un esquema centrado principalmente en el control de importaciones y la categorización de productos a un régimen estatutario específico para dispositivos médicos. La ISAF anunció que la Ley N.º 12/2025 y el Reglamento Administrativo N.º 11/2026 entrarán en vigor el 1 de julio de 2026, junto con 26 instrucciones técnicas que respaldarán el nuevo régimen.
Este cambio es crucial para los fabricantes, ya que Macao avanza hacia un modelo de ciclo de vida del producto mucho más claro y definido. Antes de la comercialización, las empresas deben determinar si su producto se clasifica como dispositivo médico, reactivo o calibrador de diagnóstico in vitro (dentro de la definición de dispositivo médico), producto de higiene médica, reactivo de diagnóstico o de laboratorio gestionado mediante autorización de importación, u otra categoría regulada por la ISAF. Tras el lanzamiento, las compañías también deberán estar preparadas para cumplir con obligaciones continuas relacionadas con modificaciones, renovaciones, monitoreo de eventos adversos (tecnovigilancia), trazabilidad, retiros del mercado y comunicación con el organismo regulador.
Las instrucciones técnicas publicadas por la ISAF abarcan reglas de clasificación, requisitos para solicitudes de registro sanitario y de notificación, requisitos para ensayos clínicos, buenas prácticas clínicas, buenas prácticas de fabricación, licencias de fabricación y comercialización, entre otras autorizaciones para dispositivos médicos. Por lo tanto, el nuevo marco va más allá de un trámite único de solicitud; influye directamente en la calificación del producto, la definición de los solicitantes autorizados, la planificación de importaciones, el control documental y el cumplimiento poscomercialización.
Autoridad y fecha de vigencia
La Oficina de Administración Farmacéutica, conocida comúnmente como ISAF, es la autoridad competente que dirige el régimen de supervisión y administración de dispositivos médicos de Macao. La ISAF publicó las 26 instrucciones técnicas el 24 de junio de 2026, las cuales están alineadas con la fecha de entrada en vigor del 1 de julio de 2026 de la Ley N.º 12/2025 y el Reglamento Administrativo N.º 11/2026.
Para las empresas que ya comercializan productos regulados en Macao, esto implica la necesidad de reevaluar sus modelos de lanzamiento y mantenimiento poscomercialización. Si bien los controles de importación vigentes y las obligaciones por categoría de producto siguen siendo relevantes, los fabricantes deben analizar cómo aplican las nuevas regulaciones específicas de dispositivos médicos a sus portafolios actuales, en particular cuando los requisitos de clasificación, notificación, registro sanitario o licenciamiento de actividades comerciales locales alteren la ruta operativa. El 15 de junio de 2026, la ISAF publicó también los decretos del Jefe Ejecutivo que contemplan la exención de importación para uso personal, la simplificación del registro para dispositivos fabricados en la Zona de Cooperación de Hengqin, los modelos de licencias y el esquema de tarifas oficiales, junto con el catálogo de clasificación de dispositivos médicos.
Las disposiciones transitorias otorgan un periodo de gracia para que las empresas activas en el mercado puedan adecuarse: las licencias de fabricación para dispositivos de Clase I, IIb y III deben obtenerse a más tardar el 1 de julio de 2027 (y para la Clase IIa, antes del 1 de julio de 2028); las licencias de operación comercial para las Clases IIb y III vencen también el 1 de julio de 2027; finalmente, los productos que ya se encuentran en circulación deberán completar su registro o notificación dentro de los plazos correspondientes a su clase de riesgo, bajo pena de ser retirados del mercado.
Consideraciones de clasificación y acceso al mercado
El punto de partida para los fabricantes debe ser la calificación y clasificación del producto. Macao clasifica los dispositivos médicos según su nivel de riesgo en Clase I, Clase IIa, Clase IIb y Clase III, incluyendo los reactivos y calibradores para diagnóstico in vitro dentro de esta misma definición. La clasificación determina la estrategia práctica de acceso al mercado, ya que los productos de bajo riesgo, los dispositivos de mayor riesgo, el software médico, los dispositivos a la medida, aquellos destinados a investigación o ensayos clínicos, y los productos importados conllevan distintos requerimientos de evidencia y expectativas administrativas.
Para los fabricantes internacionales, la decisión inicial no se reduce a si el dispositivo puede o no ser importado. La cuestión clave es identificar qué obligaciones específicas de Macao aplican en cada etapa: clasificación del producto, registro sanitario o notificación, selección del solicitante autorizado, autorización de importación, licenciamiento de la actividad comercial, expediente técnico, etiquetado, evidencia clínica, evidencia del sistema de gestión de calidad (SGC) y controles poscomercialización. Trazar esta ruta regulatoria desde el inicio ayuda a prevenir contratiempos de último minuto cuando la logística de importación, la contratación de distribuidores o el lanzamiento comercial ya se encuentran en marcha.
Planificación de registro, archivo y documentación
Las instrucciones técnicas de Macao para 2026 detallan los requisitos de los expedientes para solicitudes de registro sanitario y notificación. Esto implica que las empresas deberán preparar un paquete de documentación estructurado en lugar de realizar un trámite de importación puramente transaccional. Si bien los requisitos específicos dependen de la categoría y la clase de riesgo del producto, los fabricantes deben estructurar su evidencia técnica clave en un formato listo para la evaluación de la autoridad sanitaria.
Los tiempos oficiales de revisión bajo el Reglamento Administrativo N.º 11/2026 varían según la vía correspondiente: la notificación (listing) de dispositivos de Clase I y IIa se procesa en aproximadamente 5 días hábiles, con una confirmación que toma 3 días hábiles adicionales. En contraste, las decisiones de registro sanitario demoran hasta 70 días hábiles para dispositivos de Clase IIb y hasta 100 días hábiles para la Clase III. En casos de alta complejidad, estos plazos pueden extenderse hasta 45 días hábiles adicionales, precedidos por una evaluación formal de integridad de la documentación que toma 20 días hábiles. El registro tiene una vigencia de cinco años y es renovable por periodos iguales; la solicitud de renovación debe presentarse entre 90 y 180 días antes de su vencimiento. Las tarifas oficiales están determinadas por el Despacho N.º 144/2026: el registro de un dispositivo tiene un costo de MOP 500, su renovación MOP 200 y las modificaciones de registro MOP 100 por concepto; por su parte, la licencia de fabricación tiene un costo de MOP 9,000 (MOP 3,000 para renovación) y la licencia de operación comercial MOP 2,000 (MOP 300 para renovación).
Las áreas críticas de planificación abarcan la identidad del producto, la información del fabricante, el uso previsto, la justificación de la clasificación de riesgo, las especificaciones técnicas, los informes de pruebas, la evidencia clínica o de desempeño, el etiquetado y las instrucciones de uso (IFU), la información del sistema de gestión de calidad, los detalles del sitio de fabricación, la información del solicitante autorizado y los certificados de libre venta o aprobaciones emitidas por otras agencias reguladoras. Para los reactivos y calibradores de diagnóstico in vitro, la evaluación de desempeño y la documentación específica del reactivo requerirán especial atención.
Asimismo, los fabricantes deben evaluar si es factible reutilizar la documentación técnica ya presentada en Hong Kong, China continental, Taiwán, la Unión Europea, los Estados Unidos u otros mercados de referencia. Si bien la reutilización de esta información suele ser viable, requiere de todas formas una verificación de la clasificación específica de Macao, la revisión del idioma y del etiquetado, la adecuación al formato administrativo local y la confirmación de que la evidencia técnica corresponde exactamente a la versión del producto que se comercializará en Macao.
Autorización de importación y requisitos operativos locales
El portal de servicios del Gobierno de la RAE de Macao señala a la ISAF como la autoridad responsable de los servicios de autorización de importación de productos regulados, tales como productos de higiene médica y reactivos de diagnóstico o de laboratorio. Las empresas que importen productos regulados deben evaluar si se requiere una autorización previa, un operador de comercio exterior, el titular de una licencia de actividad comercial de dispositivos médicos u otro solicitante elegible. Las reglas para los solicitantes elegibles varían según la clase del dispositivo: las notificaciones de Clase I y IIa pueden ser presentadas por un operador de comercio exterior autorizado en Macao, mientras que los registros sanitarios para las Clases IIb y III deben ser tramitados por una empresa constituida en Macao que cuente con una licencia comercial de dispositivos médicos vigente y esté autorizada para la importación y venta al por mayor. Los dispositivos fabricados en el extranjero también deben contar previamente con un registro sanitario o autorización de venta en su país de origen, salvo que el Jefe del Ejecutivo disponga lo contrario.
Las disposiciones de junio de 2026 también describen una exención limitada de ciertos requisitos de licencia de importación aplicable a dispositivos de bajo riesgo de Clase I y IIa, siempre que se importen exclusivamente para uso personal y su valor no supere los 5,000 MOP. Dicha exención es muy acotada y no debe considerarse como una vía de acceso comercial al mercado. Los lanzamientos comerciales siguen requiriendo una evaluación específica del producto conforme a las normas aplicables de la ISAF, el modelo de negocio local y la ruta de importación.
Lista de verificación práctica para el lanzamiento
Un plan práctico de lanzamiento en Macao debe contemplar seis líneas de trabajo:
- Confirmar si el producto entra en el ámbito de aplicación del nuevo régimen de dispositivos médicos, de la categoría de reactivos de diagnóstico o calibradores in vitro, o de otra categoría de productos bajo el control de la ISAF.
- Documentar la justificación de la clasificación de riesgo e identificar si aplica la obtención de un registro sanitario, la presentación de una notificación, una autorización de importación o una licencia de actividad comercial.
- Preparar la documentación técnica, de calidad, de etiquetado y clínica o de desempeño en un formato adecuado para facilitar la evaluación de la ISAF.
- Confirmar las funciones locales, incluyendo las responsabilidades del operador de comercio exterior, importador, distribuidor, solicitante elegible, titular de la licencia y el contacto post-comercialización, según corresponda.
- Alinear el etiquetado de Macao, las instrucciones de uso (IFU), el control de cambios y los procedimientos de vigilancia con el plan de lanzamiento general del producto en la región de Asia-Pacífico.
- Monitorear las directrices técnicas de la ISAF y las actualizaciones de implementación a partir de la fecha de entrada en vigor del 1 de julio de 2026.
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Revisión de la clasificación según las normas de dispositivos médicos basadas en el riesgo de la ISAF antes de comprometerse con una ruta.
Planificación de documentación de registro o presentación, incluidos formularios administrativos, documentación técnica, etiquetado, evidencia QMS y subsanación de brechas.
Coordinación local para autorizaciones de importación, licencias de actividades comerciales y responsabilidades de los solicitantes elegibles cuando sea necesario.
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Preguntas frecuentes
La Oficina de Administración Farmacéutica de Macao (ISAF) es la autoridad que implementa el régimen de supervisión y administración de dispositivos médicos, incluidas instrucciones técnicas para clasificación, registro y archivo de materiales, ensayos clínicos, BPC, GMP y licencias de actividades comerciales.
La Ley N° 12/2025 y el Reglamento Administrativo N° 11/2026 entran en vigor el 1 de julio de 2026. La ISAF anunció 26 instrucciones técnicas relacionadas el 24 de junio de 2026, con la misma fecha de entrada en vigor.
Macao clasifica los dispositivos médicos por riesgo en Clase I, Clase IIa, Clase IIb y Clase III. El marco incluye reactivos y calibradores de diagnóstico in vitro dentro de la definición de dispositivo médico, y el catálogo de clasificación oficial es parte de las medidas de apoyo al nuevo régimen.
ISAF maneja servicios de autorización de importación de bienes regulados, incluidos productos de higiene médica y reactivos de diagnóstico o laboratorio. Los despachos de junio de 2026 también señalan que los dispositivos de bajo riesgo Clase I y IIa importados exclusivamente para uso personal y valorados en no más de 5.000 MOP están exentos de ciertos requisitos de licencia de importación.
Los fabricantes deben confirmar el estado del dispositivo y la clase de riesgo, determinar si se aplica el registro, la presentación, la autorización de importación o la licencia de actividad comercial, y preparar documentación técnica, de etiquetado, clínica, de calidad y post-comercialización alineada con las instrucciones técnicas aplicables de la ISAF.
Sí, con precaución. Macao tiene sus propios requisitos legales y administrativos, pero los fabricantes a menudo pueden coordinar la planificación de Macao con Hong Kong, China continental, Taiwán y otros mercados de Asia Pacífico para reutilizar la documentación técnica, las pruebas de calidad, la estrategia de etiquetado y los procesos posteriores a la comercialización, cuando corresponda.
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