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Actualización regulatoria

TMDA de Tanzania fija fechas de retención de dispositivos médicos 2027

El aviso de retención anual 2027 de la TMDA establece una fecha límite del 1 de noviembre de 2026 para la declaración de comercialización continua, una fecha límite de pago de tasas al 31 de enero de 2027 (USD 200 por dispositivo médico o IVD importado registrado y USD 50 por dispositivo o IVD importado notificado conforme al GN No. 686 de 2021), un período de penalización por pago tardío del 15 % del 1 de febrero al 31 de marzo de 2027, y la suspensión del registro más el bloqueo de permisos de importación a partir del 1 de abril de 2027.

Publicado el:
27 de octubre de 2026

Actualización regulatoria

La Autoridad de Medicamentos y Dispositivos Médicos de Tanzania (TMDA) publicó un aviso público, Pago de tarifas anuales de retención para el año 2027, con fecha del 28 de julio de 2026 y publicado en el portal de la TMDA el 1 de octubre de 2026. Emitido por el Director General en virtud del artículo 55(b) de la Ley de Medicamentos y Dispositivos Médicos de Tanzania, Cap. 219, el aviso establece los plazos de declaración, pago, penalización por mora, suspensión de registro y permisos de importación para 2026–2027 correspondientes a productos medicinales, dispositivos médicos y dispositivos de diagnóstico in vitro (IVD) registrados.

Si bien el aviso hace referencia cruzada a las Regulaciones sobre Medicamentos y Dispositivos Médicos de Tanzania (Tarifas y Cargos) de 2021 sin reproducir la tabla de tarifas, las Regulaciones sobre tarifas y cargos de 2021 (Aviso Gubernamental n.º 686 de 2021) oficiales de la TMDA y la tabla de tarifas y cargos de evaluación de dispositivos médicos especifican los montos exactos de retención anual y la tasa de penalización por pago tardío aplicables a este ciclo.

Calendario de retención y alcance de productos para 2027

El aviso del 28 de julio de 2026 nombra las tres categorías de productos regulados —productos medicinales, dispositivos médicos e IVD— en sus oraciones relativas a facturas, declaraciones y suspensiones, mientras que restringe a los productos medicinales su oración sobre cancelación automática tras 12 meses:

HitoFecha en el aviso de la TMDAAlcance de productos establecido en el avisoConsecuencia regulatoria
Generación de facturas proformaPara octubre de 2026Productos medicinales, dispositivos médicos e IVD registradosLa TMDA genera facturas proforma y las transmite a los titulares de autorizaciones de comercialización a través de sus cuentas en el portal de comerciantes de la TMDA
Declaración de continuación de comercializaciónA más tardar el 1 de noviembre de 2026Productos medicinales, dispositivos médicos e IVD registradosLos titulares de autorizaciones de comercialización deben revisar minuciosamente las facturas proforma y presentar la lista de productos que tienen la intención de continuar comercializando en 2027
Pago puntual de la tarifa de retenciónA más tardar el 31 de enero de 2027Productos declaradosTarifa anual de retención pagadera sin penalización
Período de penalización por pago tardíoDel 1 de febrero de 2027 al 31 de marzo de 2027Pagos tardíos de retenciónEl pago genera la penalización por pago tardío del 15% prescrita en la Regulación 4(7) de las Regulaciones sobre tarifas y cargos de 2021 (GN No. 686 de 2021)
Suspensión del registroA más tardar el 1 de abril de 2027Productos medicinales, dispositivos médicos e IVD no declarados, más productos declarados con tarifas de retención impagasLos registros quedan suspendidos
Bloqueo de permisos de importaciónEfectivo a más tardar el 1 de abril de 2027Productos no declarados y productos declarados con tarifas de retención pendientesNo se emitirán permisos de importación
Revocación automática tras 12 meses de suspensiónTras más de 12 meses de suspensiónDesignado únicamente para "any medicinal product registration"El aviso establece que cualquier registro de producto medicinal suspendido durante más de 12 meses será revocado o cancelado automáticamente; los dispositivos médicos y los IVD no se mencionan en esa oración

Tarifas de retención prescritas y penalización por mora en virtud del GN No. 686 de 2021

De conformidad con la Regulación 4(1), la Regulación 4(7) y el Primer Anexo de las Regulaciones sobre Medicamentos y Dispositivos Médicos de Tanzania (Tarifas y Cargos) de 2021 (GN No. 686, publicado el 24 de septiembre de 2021), las tarifas de retención anual y los montos de pago tardío para el ciclo 2027 son:

Categoría en el GN No. 686 de 2021 (Primer Anexo)Referencia del anexoTarifa anual de retención puntual (a más tardar el 31 de ene. de 2027)Penalización por mora del 15% en virtud de la Regulación 4(7)Total a pagar durante el período del 1 de feb. al 31 de mar. de 2027
Dispositivos médicos importados registrados (Clases A estéril/de medición, B, C y D)Primer Anexo, S/N 26USD 200USD 30USD 230
Dispositivos médicos importados notificados (Clase A no registrable)Primer Anexo, S/N 27USD 50USD 7.50USD 57.50
Diagnósticos / IVD importados registrados (Clases A estéril/de medición, B, C y D)Primer Anexo, S/N 42USD 200USD 30USD 230
Diagnósticos / IVD importados notificadosPrimer Anexo, S/N 43USD 50USD 7.50USD 57.50
Dispositivos médicos nacionales y diagnósticos / IVD nacionalesPrimer Anexo, S/N 11–17 y 28–34; tabla de tarifas de la TMDANinguna prescrita (marcada como NA en la tabla de la TMDA)No aplicaNo aplica
Medicamentos humanos/veterinarios y productos biológicos importados registrados (para comparación)Primer Anexo, S/N 6USD 300USD 45USD 345

Implicaciones prácticas para los fabricantes

Análisis de Pure Global:

  • Auditar las facturas proforma del portal de comerciantes y presentar la lista de continuación de comercialización a más tardar el 1 de noviembre de 2026: Los fabricantes extranjeros y sus representantes locales en Tanzania deben verificar que cada registro o notificación activa de dispositivos médicos e IVD importados aparezca de manera precisa en la factura proforma del portal de comerciantes de la TMDA con la tarifa prescrita (USD 200 para dispositivos/IVD importados registrados; USD 50 para dispositivos/IVD importados notificados) y remitir la lista confirmada de productos para 2027 a más tardar el 1 de noviembre de 2026. Los productos omitidos en la declaración enfrentan la suspensión del registro y bloqueos de permisos de importación el 1 de abril de 2027, junto con los productos declarados con facturas impagas.
  • Liquidar las facturas a más tardar el 31 de enero de 2027 para evitar el recargo del 15%: Debido a que la Regulación 4(7) del GN No. 686 de 2021 impone un recargo fijo del 15% sobre los pagos tardíos realizados entre el 1 de febrero y el 31 de marzo de 2027, las carteras de múltiples productos deben completar las transferencias bancarias y la conciliación en el portal con bastante anticipación al 31 de enero de 2027.
  • Mantener la regla de cancelación automática de 12 meses acotada al texto: Si bien la suspensión del registro y la fecha límite para permisos de importación el 1 de abril de 2027 se aplican a los dispositivos médicos e IVD no declarados y no pagados, la regla de revocación automática del aviso tras 12 meses de suspensión nombra explícitamente únicamente a "any medicinal product registration". Los fabricantes que realizan el seguimiento de las obligaciones regionales a través de nuestras actualizaciones regulatorias deben considerar el 1 de abril de 2027 como una fecha límite estricta para los envíos y el estado del registro en Tanzania, sin sobreinterpretar la cláusula de cancelación para productos medicinales.
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