Guía COMBINE (UE) aclara reportes de seguridad en estudios combinados
La guía del Proyecto COMBINE 2 explica los reportes de seguridad para estudios que abarcan múltiples marcos regulatorios de la UE. Recomienda un plazo de reporte de 7 días calendario para dispositivos, al tiempo que preserva las notificaciones legales del CTR, los requisitos nacionales y las responsabilidades separadas del patrocinador.
La guía para patrocinadores del Proyecto COMBINE 2, publicada el 11 de septiembre de 2026, explica la notificación de seguridad para estudios cubiertos por más de uno de los marcos de la UE sobre ensayos clínicos, dispositivos médicos e IVD. Su cambio práctico consiste en un apartamiento de los plazos de notificación existentes a nivel de guías, incluyendo un plazo de notificación de dispositivos de 7 días calendario para estudios combinados.
El documento de septiembre de 2026 está respaldado por el Clinical Trials Coordination and Advisory Group (CTAG) y el Medical Device Coordination Group (MDCG). Es una guía no vinculante. No modifica la legislación, no sustituye las guías de seguridad existentes ni establece una fecha de implementación independiente.
Establecer primero el alcance legal del estudio
La Sección 1 define los estudios combinados como aquellos estudios cubiertos por más de uno de los siguientes: el Reglamento (UE) n.º 536/2014 (CTR), el Reglamento (UE) 2017/745 (MDR) y el Reglamento (UE) 2017/746 (IVDR). Un ensayo de medicamentos junto con un estudio del funcionamiento de IVD es un ejemplo; la definición no hace obligatorio un ensayo de medicamentos en todos los casos.
Este alcance es importante al seleccionar una vía de notificación. CTIS, el Clinical Trials Information System, atiende la parte del estudio correspondiente al CTR. Los reportes de dispositivos e IVD se dirigen a las autoridades nacionales competentes (NCA) pertinentes. La existencia de un estudio combinado no hace que dichas vías sean intercambiables.
Para un estudio regido por un solo marco, la guía no debe utilizarse para sustituir sus plazos de notificación existentes. La notificación a los comités de ética queda fuera del alcance de la guía, y aún se deben verificar los requisitos nacionales.
Tres vías de notificación que deben mantenerse separadas
La Sección 7.3, páginas 30–34, distingue las siguientes vías:
| Vía | Eventos cubiertos | Plazos y destinatario |
|---|---|---|
| Del investigador al patrocinador | Eventos adversos graves (SAE) del ensayo, investigación clínica o estudio del funcionamiento, y deficiencias del dispositivo (DD), independientemente de la causalidad | Sin demora indebida y dentro de las 24 horas, a menos que el protocolo establezca algo diferente. El protocolo debería asignar a los destinatarios cuando existan múltiples patrocinadores. |
| Del patrocinador del dispositivo o IVD a las NCA | SAE con una posibilidad razonable de estar relacionados con el dispositivo en investigación, el IVD, el comparador o el procedimiento de la investigación/estudio, además de las DD notificables | La guía recomienda notificar dentro de los 7 días calendario posteriores a que el patrocinador tenga conocimiento a las NCA pertinentes bajo MDR/IVDR, utilizando las guías y plantillas existentes del MDCG. |
| Notificación de eventos inesperados bajo el CTR | Eventos que afecten potencialmente la relación beneficio-riesgo del estudio combinado, evaluados para la vía de notificación del CTR | La guía identifica una notificación en CTIS dentro de los 15 días calendario. Los requisitos legales del CTR, incluida la notificación sin demora indebida, siguen siendo aplicables. |
Una DD notificable no es cualquier problema técnico. La Sección 7.2 incluye una deficiencia que podría haber provocado un SAE si no se hubiera producido una acción o intervención, o si las circunstancias hubieran sido menos afortunadas. Los nuevos hallazgos y la información de seguimiento sobre eventos notificables también requieren evaluación.
La recomendación relativa a los dispositivos se aparta expresamente del nivel de 2 días de las guías existentes para eventos que indiquen un riesgo grave inminente. La Sección 2 limita este apartamiento a los plazos establecidos por guías, en lugar de la legislación primaria. No elimina el nivel de 2 días para las investigaciones de dispositivos en general.
La guía no permite esperar para abordar riesgos urgentes
El artículo 53 del CTR ya exige la notificación de eventos inesperados que afecten la relación beneficio-riesgo del ensayo, distintos de las sospechas de reacciones adversas graves e inesperadas, sin demora indebida y a más tardar 15 días después de tener conocimiento. Por separado, el artículo 54 exige medidas urgentes de seguridad adecuadas y su notificación sin demora indebida, a más tardar 7 días después de que se adopten las medidas.
Estos son detonantes diferentes a los del cómputo para la notificación de dispositivos. La guía no amplía las obligaciones legales ni convierte una notificación en CTIS en un sustituto de un reporte de dispositivos. La Sección 6.5 también explica que la notificación por duplicado aún puede ser necesaria; la delegación no exime a cada patrocinador de su responsabilidad.
Convertir la guía en un plan de notificación acordado
Análisis de Pure Global: elabore una matriz de evento a destinatario antes de revisar los documentos del estudio. Para cada evento, identifique el marco legal aplicable, el momento de conocimiento inicial, el destinatario, la vía de notificación y el patrocinador responsable. Incluya una ruta de escalamiento para riesgos urgentes y una transferencia entre los centros de análisis de muestras y los de tratamiento cuando corresponda. Esto hace operativa la distinción entre un reporte del investigador, un reporte de dispositivos y una notificación bajo el CTR.
La Sección 4 recomienda un protocolo integrado, pero también permite documentos separados. Su terminología es plan de investigación clínica (CIP) y plan de estudio del funcionamiento clínico (CPSP). Cualquiera que sea la estructura que se utilice, alinee las secciones de notificación y el plan de comunicación entre copatrocinadores. Verifique también los requisitos nacionales para el tipo de estudio en particular: la Sección 9 destaca los estudios de diagnóstico complementario con muestras sobrantes y las investigaciones del artículo 82 del MDR como casos que requieren atención por separado.
Para obtener contexto relacionado sobre estudios de IVD, consulte MDCG 2025-5 sobre estudios del funcionamiento.
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