Clasificación IVDR de la UE
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Los IVD se clasifican según las 10 reglas de aplicación y siete reglas de clasificación establecidas en el Anexo VIII del IVDR.
Cómo cambió la clasificación de IVD en la UE bajo el IVDR
La clasificación de IVD en la Unión Europea cambió drásticamente bajo el Reglamento sobre Diagnósticos In Vitro 2017/746 (IVDR), que reemplazó a la Directiva sobre Diagnósticos In Vitro (IVDD) en mayo de 2022. La mayoría de los "dispositivos IVD generales" (autocertificación) bajo la IVDD se reclasificaron bajo el IVDR y ahora requieren una revisión de la evaluación de la conformidad por parte de un Organismo Notificado. Por ejemplo, un ensayo de IVD para el cáncer de mama que podía autocertificarse bajo la IVDD es ahora un dispositivo de Clase C de riesgo moderado-alto bajo el IVDR.
A los fabricantes de IVD para dispositivos heredados se les conceden plazos de transición prolongados. Pero estos plazos llegarán a su fin paso a paso, y los fabricantes de IVD requerirán un nuevo marcado CE bajo el IVDR para permanecer en el mercado de la UE. Si la clasificación de su dispositivo cambió bajo el IVDR, es esencial comprender su nueva clasificación y sus requisitos para que pueda seleccionar la ruta de evaluación de la conformidad adecuada e interactuar con un Organismo Notificado.
Cómo se clasifican los IVD bajo el IVDR
Los IVD se clasifican de acuerdo con 10 reglas de aplicación y siete reglas de clasificación establecidas en el Anexo VIII del IVDR. Es importante que todas las reglas de aplicación y todas las reglas de clasificación se tengan en cuenta para la clasificación de un IVD o un accesorio para un IVD. Esto también es importante para la clasificación de software y pruebas cercanas al paciente.
Las reglas de aplicación describen el concepto general y las instrucciones generales sobre cómo aplicar las reglas. Las reglas se asignan a un producto en función de su finalidad prevista, la cual debe ser definida por el fabricante de acuerdo con los criterios del Anexo I del IVDR 20.4.1 c). Cuando se evalúan las reglas de aplicación para calificar el dispositivo como un IVD, las reglas de clasificación definen cuatro niveles de riesgo creciente para el usuario, el paciente o la salud pública:
- Clase A (estéril o no estéril) - riesgo bajo (p. ej., equipo general de laboratorio, recipientes estériles para muestras)
- Clase B - riesgo moderado (p. ej., prueba rápida para la gripe)
- Clase C - riesgo moderado-alto (p. ej., reactivos de glucosa en sangre o cáncer de mama)
- Clase D - riesgo alto (p. ej., pruebas para el VIH)
El Documento de orientación MDCG 2020-16 Rev.3 proporciona explicaciones más profundas sobre cada regla, cómo se aplican y ejemplos.
Cómo afecta la clasificación a los requisitos reglamentarios bajo el IVDR
Confirmar que su dispositivo está regulado bajo el IVDR y clasificar su dispositivo IVD son los primeros pasos que debe dar hacia el marcado CE. La clase de su dispositivo define sus procedimientos de evaluación de la conformidad y estos definen aún más la vía reglamentaria, desde la Documentación técnica, el Sistema de gestión de la calidad y la evidencia clínica hasta el nivel de intervención de su Organismo Notificado.
Bajo el IVDR, los IVD de Clase A no estériles son los únicos dispositivos elegibles para autoafijar el marcado CE (después de completar los pasos y la documentación necesarios) sin la revisión de un Organismo Notificado. Todos los demás dispositivos IVD, incluidos los de Clase A estériles, requieren una revisión de la evaluación de la conformidad y un Certificado CE por parte de un Organismo Notificado.
Autoridad reguladora y fuente de verdad
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Preguntas frecuentes
Si ya ha evaluado la regla de aplicación y ha confirmado que su producto está regulado como un IVD según el IVDR, las reglas de clasificación se aplicarán con base en la información que debería haber definido en su finalidad prevista. Esta debe cumplir con todos los criterios del Anexo I 20 4.1 c). Si uno o más criterios no están claramente definidos en la finalidad prevista, es posible que la clasificación no se pueda realizar por completo y que correspondan varias clases de IVD. En estos escenarios, se recomienda encarecidamente a los fabricantes revisar su finalidad prevista y hacerla más clara. Por ejemplo, si el uso automatizado no está definido en la finalidad prevista, pero las instrucciones de uso describen una combinación específica para uso automatizado, la automatización debe mencionarse en la finalidad prevista. Si no se incluye la indicación para el escenario de uso clínico, podrían aplicarse diferentes clasificaciones para situaciones con riesgo para la vida.
Sí, el software se ha incluido en la definición de IVD y debe cumplir con los mismos criterios que otros dispositivos IVD físicos.
NO, los dispositivos heredados (legacy) siguen la IVDD, excepto por obligaciones específicas como la vigilancia poscomercialización, vigilancia, controles de la cadena de suministro (incluido EUDAMED) y trazabilidad (UDI). Por lo tanto, la finalidad prevista no requiere cumplir con los requisitos del IVDR. Sin embargo, para planificar la transición al IVDR, debe clasificar su dispositivo, seleccionar una ruta de evaluación de la conformidad y ponerse en contacto con un organismo notificado o incluso presentar una solicitud ante uno. Para todas estas acciones, debe definir la clase de su IVD y adaptar su finalidad prevista a los criterios del Anexo I 20 4.1 c). De lo contrario, no podrá clasificar su dispositivo ni llevar a cabo la evaluación del desempeño y abordar la evidencia clínica de manera adecuada.
Los fabricantes de dispositivos IVD de clase A declararán la conformidad de sus dispositivos emitiendo la declaración UE de conformidad, tras elaborar la documentación técnica establecida en los Anexos II y III y cumplir con los requisitos básicos para mantener un sistema de gestión de la calidad y acatar las demás legislaciones aplicables de la UE. Para los dispositivos Clase A estériles, el fabricante del IVD debe seguir los procedimientos contemplados en el Anexo IX o en el Anexo XI. La revisión del organismo notificado se centrará principalmente en establecer, garantizar y mantener las condiciones estériles. Por supuesto, los requisitos básicos de los Anexos II y III referentes a la documentación técnica y al sistema de gestión de la calidad se aplican de la misma forma que para todos los IVD.
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